Objetivos de las nuevas medidas sociales en defensa del empleo
Con el fin de defender el empleo y garantizar la viabilidad empresarial, se persiguen cuatro objetivos:
Prorrogar la aplicación de las medidas excepcionales del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo: procedimiento de suspensión de contratos o la reducción temporal de la jornada de trabajo por fuerza mayor, cuya vigencia estaba previsto que terminase el 30 de septiembre de 2020, así como del procedimiento de suspensión de contratos o reducción de la jornada por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP), dada la persistencia de los factores que llevaron a su adopción y los efectos socioeconómicos que la emergencia sanitaria sigue causando en la actividad de las empresas y en los contratos de trabajo.
Prever nuevas medidas de suspensión y reducción de jornada causadas por impedimentos o limitaciones en el desarrollo de la actividad de las empresas, como consecuencia de medidas restrictivas o de contención adoptadas por las autoridades competentes.
Prorrogar todas aquellas medidas complementarias de protección del empleo que se entienden precisas para garantizar la necesaria estabilidad, evitando despidos y destrucción de puestos de trabajo.
Atender de manera adecuada el diferente impacto que la crisis provocada por la pandemia está causando en diferentes sectores productivos más directamente vinculados con los factores asociados a los riesgos epidemiológicos de la Covid-19. En este apartado se incluyen las empresas pertenecientes a sectores con una elevada tasa de cobertura por expedientes de regulación temporal de empleo y una reducida tasa de recuperación de actividad por su clasificación en un código concreto de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas. También se tienen en consideración aquellas otras compañías que forman parte de la cadena de valor de las anteriores o que presentan una dependencia económica acusada de las mismas por su volumen de operaciones o el tipo de actividad desarrollada.
Ordenando las novedades de la norma por materias, hay que destacar:
Medidas con relación a los expedientes de regulación temporal de empleo vinculados a la covid-19 y las medidas extraordinarias.
Medidas extraordinarias de protección de las personas trabajadoras.
Medidas de apoyo a los trabajadores autónomos.
Régimen específico en materia de beneficios en las cotizaciones a la Seguridad Social. Sin perder de vista aquellas empresas pertenecientes a sectores con una elevada tasa de cobertura por expedientes de regulación temporal de empleo y una reducida tasa de recuperación de actividad.
Creación de la Comisión de Seguimiento tripartita laboral, la valoración de las medidas acordadas y el análisis de las eventuales medidas futuras para la protección del empleo y del tejido productivo.
Consideración de colectivo prioritario para el acceso a las iniciativas de formación del sistema de FP para el empleo en el ámbito laboral, de las personas trabajadoras que se encuentren en situación de suspensión de contrato o de reducción de jornada como consecuencia de un expediente de regulación temporal de empleo incluido en esta norma.