Informe Adecco Institute reforma SMI y ERTE

Dado que la pandemia sigue su curso, a pesar de contar con un alto porcentaje de la población con la pauta completa de vacunación, el Gobierno acaba de publicar nuevas medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo.

En el Boletín Oficial del Estado de hoy miércoles 29 de septiembre, se han publicado el Real Decreto-ley 18/2021, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo, y el Real Decreto 817/2021, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2021.

Asimismo, se ha publicado la Ley 12/2021, de 28 de septiembre, norma que proviene del Real Decreto Ley 9/2021, aprobado el 12 de mayo, y que modifica el Estatuto de los Trabajadores, en materia de derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de plataformas digitales (presunción de laboralidad y derecho de información del comité de empresa).

Por todo ello, desde Adecco Institute, hemos analizado esta reforma SMI y ERTE que afecta a gran parte de los trabajadores en activo.

Síntesis del Informe Adecco Institute “reforma SMI y ERTE”

1. Real Decreto 817/2021: Salario Mínimo Interprofesional

El acuerdo del Gobierno de incremento del SMI es fruto del pacto alcanzado con los sindicatos CCOO y UGT, no siendo respaldado por las organizaciones empresariales, CEOE y CEPYME. La norma entra en vigor mañana jueves 30, y surtirá efectos de forma retroactiva, desde el 1 de septiembre de 2021.

El salario mínimo interprofesional queda fijado en 32,17 euros/día o 965 euros/mes (catorce pagas), según el salario esté fijado por días o por meses; o 13.510 euros anuales.

2. Real Decreto-ley 18/2021: Expedientes Temporales de Regulación de

Empleo (ERTE)

Estas nuevas condiciones han sido acordadas por los agentes sociales y el Gobierno, y la norma ya está en vigor. Ordenando las novedades de la norma por materias debemos fijarnos en que se prorrogan los ERTE hasta el 31 de octubre de 2021, con el fin de preparar los nuevos modelos de ERTE.

Para las nuevas modalidades de ERTE vigentes a partir del 1 de noviembre es obligatorio solicitar la prórroga, entre el 1 y el 15 de octubre, ante la autoridad laboral competente. Los nuevos ERTE se extenderán desde el 1 de noviembre hasta el 28 de febrero de 2022.

Exoneraciones

En cuestión de exoneraciones, cabe destacar lo siguiente:

  • Los beneficios, en forma de exoneración de las cotizaciones a la Seguridad Social y con ayudas a la formación, son mayores en función del tamaño de la empresa y de las acciones formativas.
  • El esquema de exoneraciones entre noviembre y febrero distinguirá entre empresas de menos de10 trabajadores y aquellas con plantilla igual o superior a estos. Así, para las primeras, las exoneraciones en las cuotas a la Seguridad Social alcanzarán el 80% si realizan acciones formativas y el 50% para el resto; si la empresa tiene 10 o más trabajadores, tendrá una exoneración del 80% si realiza acciones formativas, y del 40% en el resto de los casos.

Amplía la información descargándote el Informe Adecco Institute “reforma SMI y ERTE”.

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